(4) Un ejemplo muy representativo de lo expuesto es la tendencia advertida en las nuevas leyes de patrimonio histórico a ampliar el número de bienes que pueden declararse por ministerio de la ley, es decir, sin mediar ningún tipo de valoración sobre su consideración patrimonial. En este caso, resulta muy elocuente la ampliación de este reconocimiento por ministerio de la ley contenida en la nueva Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía (recientemente aprobada por el Parlamento de Andalucía el 14 de noviembre de 2007), extendiéndolo (además con la máxima protección prevista, la de bien de interés cultural) a los elementos pertenecientes a la arquitectura funeraria, civil, religiosa y defensiva hasta el inicio de la Edad Moderna, entendido éste a partir de 1492.