(3) El trabajo de inventario y caracterización de los bienes patrimoniales que configuran el valle del Darro se ha realizado atendiendo a la siguiente estructura: los asentamientos históricos, los espacios de vivienda, los edificios de uso público, los hábitats de producción, los jardines singulares, los espacios de culto, los paseos históricos, las veredas fluviales, los caminos ganaderos, las vegas, las huertas y plantaciones, el patrimonio inmaterial, el oro y la cal, los sistemas hidráulicos, los sotos, las arboledas, los árboles singulares, los hitos geológicos. El análisis realizado por el Patronato de la Alhambra en este estudio ha puesto de manifiesto la presencia de 361 elementos inventariados con los criterios aquí expuestos, naturales y culturales, materiales e inmateriales. De este conjunto, sólo un total de 50 elementos se encuentran declarados por la Ley de 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía como Bien de Interés Cultural, 4 declarados por la Ley 3/95 de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y 18 protegidos por la Directiva 92/43/CEE de los Hábitat. La declaración del Valle del Darro como Bien de Interés Cultural, en la Categoría de Zona Patrimonial, por la administración cultural andaluza, podría suponer un importante paso en este sentido, en tanto que propiciaría la protección y revitalización de la zona.